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Seguro de retirada del carné

Cuando la retirada se debe a la conducción bajo los efectos del alcohol y otros estupefacientes o al impago de multas, este seguro no indemniza.

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La puesta en marcha del carné por puntos siembró de dudas el futuro de un buen número de conductores. Especialmente los profesionales del volante no esconden su preocupación por que el reglamento, que contempla la suspensión temporal de la licencia de conducir, les impida desempeñar su trabajo durante una eventual retirada del permiso. En casos como este puede resultar útil la contratación por parte de estos profesionales y de los conductores en general de un tipo de póliza. Un producto que, si bien no es nuevo -la mayoría de los camioneros lo contratan desde hace años-, cobra ahora especial relevancia e interés, también, para los conductores no profesionales.

Quién puede contratarlo

El carné de conducir no es sólo una licencia para circular por carretera. Para muchos es su instrumento de trabajo y la principal herramienta para poder desempeñarlo. Por ello, en caso de suspensión temporal del permiso, los conductores profesionales se ven obligados a no conducir, lo que equivale en su caso a no trabajar. Para estas situaciones las compañías de seguros cuentan con pólizas que cubren la retirada del carné y aseguran al conductor el cobro de una indemnización mensual por un periodo máximo de 24 meses. Esta indemnización se calcula en función de la prima anual que se abone y puede oscilar entre los 400 y los 1.500 euros mensuales. En concreto, el Comisariado Europeo del Automóvil (CEAUTO) ofrece las siguientes indemnizaciones:


INDEMNIZACION MENSUAL PRIMA ANUAL
480 euros 28,52 euros
780 euros 39,74 euros
900 euros 44,20 euros
1.020 euros 48,66 euros
1.200 euros 55,41 euros
1.500 euros 66,62 euros

"Los conductores más interesados en contratar este seguro son los profesionales del volante, aunque cada vez lo contratan más conductores particulares, que no están exentos de un perjuicio económico ante una suspensión de carné de conducir", explica un portavoz de Ceauto, quien no oculta las interrogantes alrededor del futuro de estas pólizas con la entrada en vigor del carné por puntos: "Las compañías están a la espera de saber cómo quedará el carné por puntos para modificar el seguro y las primas", que, probablemente, podrían aumentar.

Y es que la aprobación del nuevo permiso -según cálculos del Ministerio de interior, más de 6.000 conductores pierden el carné de conducir al año - ha supuesto un mayor número de solicitudes de este tipo de pólizas, que profesionales como los camioneros contratan desde hace tiempo, en algunos casos, abonando la prima a medias con el empresario, pese a que, reconocen en Ceauto, "quien comete la infracción es el conductor profesional y no la empresa y, por tanto, la responsabilidad recaerá siempre en el trabajador".

Ventajas y desventajas para el conductor

La contratación de este seguro es recomendable para personas a las que resulte imprescindible conducir o que utilicen su vehículo a diario para desplazarse hasta el trabajo y un sinfín de tareas más, ya que, en este último caso, la indemnización servirá para hacer frente a los gastos de transporte público o privado que deberá contratar durante el periodo de suspensión de la licencia

Así, con el subsidio mensual que percibe el conductor, las aseguradoras pretenden que éste "pueda paliar los trastornos importantes que van desde la recogida de niños en el colegio hasta el transporte a su centro de trabajo" o, en el caso de los conductores profesionales, "que pueda contratar los servicios de un tercero, no perder clientes por no poder prestar el servicio y hacer frente a sus obligaciones económicas", insisten en Seguros Arag.

El objetivo de este tipo de seguros es, por lo tanto, que una eventual retirada del carné de conducir no suponga para el afectado ni la alteración del ritmo de su vida cotidiana ni una pérdida de ingresos económicos. Por ello, desde la asesoría Arpem reconocen que su origen se sitúa "en la idea de indemnizar al asegurado para que se pueda desplazar cuando, por el motivo que fuera, se produce una retirada del permiso de conducir. "No se trata de poner un vehículo con conductor a disposición del usuario todo el día", recuerdan. "Las compañías tampoco abonan todos y cada uno de los desplazamientos que se necesitan -agregan-. Lo que hacen es dar un dinero para que el asegurado se pueda mover con taxi, autobús o tren y además ponen un límite de tiempo, hasta que la sanción finalice o hasta que transcurra el número de meses estipulado en cada caso".

Por esta razón, recalcan la importancia de leer la letra pequeña del contrato que se firme con la aseguradora ya que, si bien el periodo máximo de recepción de la subvención es de 24 meses, es posible que algunas compañías establezcan en sus cláusulas el pago por un periodo tope de seis o doce meses. Además, existe la posibilidad de que el conductor perciba una paga diaria en lugar de mensual. "Hay compañías que ofrecen 30 euros al día durante un máximo de tres meses, lo que supondría un máximo de 2.700 euros y hay otras compañías que ofrecen 20 euros al día durante todo un año, lo que supondría un total de 7.200 euros. Y no es lo mismo 2.700 que 7.200 aunque lleven los mismos números", advierten en Arpem.

En total, esta modalidad de seguro lleva implantada en España más de 15 años, aunque es ahora cuando más conductores se han interesado por ella. Buscar y comparar precios y servicios es la clave para acertar con la mejor oferta.

Causas por las que no se indemniza

En 2003 se retiraron en España un total de 144.255 carnés de conducir, un 22% más que el año anterior

. De ellos, el 22% fueron retirados por la autoridad judicial y el 78% por la autoridad gubernativa. Analizados estos datos, las compañías de seguros han fijado una serie de causas por las que pueden compensar a los conductores y han excluido otras a la hora de conceder la subvención. "Se garantiza el pago mensual en los supuestos de privación temporal del carné de conducir como consecuencia de cualquier tipo de resolución administrativa, derivada de un proceso sancionador o sentencia judicial firme por imprudencia, culpa o negligencia. Pero quedan excluidos, dependiendo de la compañía, la retirada temporal por sentencia firme por delito doloso y por conducción bajo influencia de drogas tóxicas o bebidas alcohólicas", aclaran en Ceauto.

La primera condición para que la cobertura sea efectiva es que la causa de suspensión del carné se produzca en el periodo de vigencia de la póliza, es decir, que la cobertura no se aprobará cuando la sanción se haya producido antes de contratar la póliza, aunque se haga firme una vez que se cuente con ella. Además, reiteran en Multauto, "las aseguradoras ya han anunciado que no desembolsarán ni un euro cuando la infracción sea por mala fe, por conducción bajo los efectos del alcohol, las drogas o los estupefacientes o por no pagar multas de tráfico".

Tampoco se contempla la indemnización en los siguientes casos:

* Cuando no se trate de una suspensión temporal del permiso de conducir, sino de una revocación o anulación del mismo.
* Si esta suspensión responde a un quebrantamiento de una orden de retirada anterior.
* En caso de que la privación sea causa de un delito contra la seguridad del tráfico o un hecho intencionado.

Otros productos

Además del seguro por la retirada del carné de conducir, las compañías ofertan otros productos que pueden interesar a los conductores y cuyo objetivo es completar el contenido de las pólizas ya existentes.

Entre estos servicios, se encuentra la asesoría jurídica del automóvil, por la que el conductor recibe información acerca de los impuestos que debe abonar, la ITV o las altas y bajas en Tráfico; y el seguro complementario, que cubre los daños producidos en el conductor y que no son cubiertos por los seguros a terceros en los que se recogen los daños producidos a otras personas o vehículos.

También han surgido en los últimos años otras ventajas como la contratación de coberturas específicas para vehículos de dos a diez años a los que, tras pasar una revisión anual que certifique su "perfecto estado", se les garantiza el pago de las averías mecánicas, excepto las derivadas de un siniestro o por desgaste propio del paso del tiempo. En este caso, mientras dure la avería, el asegurado puede contar con un vehículo de sustitución, que es alquilado por la compañía de seguros. Esta cláusula también suele incluir la sustitución del turismo cuando el particular sea robado.

 

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