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Seguro Multihogar o a Todo Riesgo

Bienes y Valores Asegurados
El seguro hogar cubre la vivienda, el mobiliario, las joyas y el dinero contenidos en la casa y los bienes con valor especial.

Continente - Contenido

Es una distinción que la compañía de seguros establece en el contrato.

Continente son todos aquellos elementos que definen y conforman la vivienda vacía y sus dependencias anexas. La estructura y todos los elementos necesarios para crearla, como cimientos , paredes, ventanas, puertas, etc. Las instalaciones que van fijas a la construcción como los sistemas eléctricos, las cañerías, etc. Los elementos decorativos fijos a la estructura como pisos, persianas, etc. Los lugares de servicios como garajes, trasteros, etc.

Si la vivienda es de su propiedad convendrá asegurar el continente. Pero si es del inquilino no tiene obligación de hacerlo. Para establecer el valor de la vivienda se tendrá en cuenta el coste de su reconstrucción o reparación del continente de la vivienda con materiales similares cuando no fueran posibles los mismos.

Contenido Es el conjunto de todos los bienes muebles que conforman el interior de la casa, las librerías o elementos fijos de madera o material y los bienes personales del propietario y de todas la personas que convivan en esa vivienda de forma permanente. Los bienes a asegurar deben estar dentro de la vivienda o en sus dependencias anexas bajo llave. Su valor se estima en función a su coste de reposición o sustitución por otro nuevo de iguales características. Los contenidos se dividen en Mobiliario normal, Joyas y dinero y objetos de valor especial.

Todo deberá estar detallado perfectamente en la póliza. Es la valoración de todos los bienes que están dentro de la vivienda donde se presenta el mayor problema, porque para la valoración del continente no hay inconveniente porque las aseguradoras utilizan unas tablas para sacar el valor del metro cuadrado construido en función a la calidad de construcción, ubicación geográfica, etc.
Vivienda

Se considera vivienda dentro del contrato de seguro del hogar a la vivienda en sí misma, a la costrucción e instalaciones que incluyen los siguientes elementos:

1. La construcción y todo lo inherente al inmueble como: cimientos, estructuras, paredes, vigas, pilares, techos, suelos, puertas, ventanas, techos y fachadas.
2. Los garajes, plazas de aparcamiento, trasteros y otros lugares que adosados formen parte de la vivienda.
3. Piscinas e instalaciones recreativas o deportivas, árboles, vallados, muros de separación o contención todos en la parcela perteneciente a la vivienda.
4. Las instalaciones fijas como: el sistema eléctrico o solar , las cañerías de agua y gas, sistemas de calefacción o refrigeración, antenas fijas y todos los elementos fijos para que todos esos sistemas puedan funcionar, como radiadores, calderas, etc.
5. Los elementos fijos decorativos, como moquetas, parqué, persianas, toldos, aparatos o instalaciones de seguridad y los armarios empotrados.

Mobiliario normal

El Mobiliario normal son todos aquellos muebles de uso común, como los sillones, camas, armarios, mesas, sillas, aparatos electrónicos, etc. y los objetos de uso personal, como la ropa, ropa de cama, etc.


Joyas y dinero

Joyas: se entienden las joyas, alhajas y todos los objetos de oro, plata y platino, las perlas y piedras preciosas que están dentro de la vivienda. Generalmente las aseguradoras las separan del contenido general, salvo que tuviesen poco valor, entonces las incorporan como objetos habituales.

Dinero: es el efectivo, los cheques u otro medio de pago o cobro similar y las tarjetas de crédito.

Son todos aquellos objetos que por su excesivo valor exceden el tope estipulado por la aseguradora y deben ser declarados de forma individual.


Bienes con valor especial
Los Bienes con valor especial son todos aquellos objetos que superan un valor tope estipulado por la compañía de seguros, por tener un valor material excesivo y un valor en el mercado(de valor histórico o artístico) dadas sus características. Las obras de arte y colecciones; y también están incluidas en esta categorías las pieles.

Desplazamiento Temporal de los Bienes Asegurados

Junto con la contratación de las garantías complementarias quedan asegurados en caso de ser necesario el traslado temporal de los bienes asegurados.

Estas garantías complementarias aseguran la cobertura del contenido o parte de los bienes asegurados, aunque no estén en la vivienda. Sólo cubrirá durante un tiempo determinado y con ciertas condiciones.

El seguro exigirá, que los bienes deberán permanecer en hoteles o viviendas usadas por el asegurado con motivo de un viaje o desplazamiento temporal no mayor a tres meses.

También incluye los daños que puedan sufrir los bienes a causa del traslado, ya sea por su manipulación o por un accidente en el vehículo que los trasladaba. Generalmente los seguros no cubren los bienes si son robados, hurtados o extraviados durante el trasporte.

Las sumas de indemnización quedarán establecidas por un monto tope fijado de antemano en la póliza.

Cobertura

Los riesgos que pueden ser cubiertos por este tipo de pólizas pueden llegar a ser muchísimos, dependerá de cada compañía de seguro y de los distintos paquetes que podrán ofrecerle.

Los incidentes más comunes incluidos en este tipo de póliza son : incendio; daños por agua con búsqueda y reparación; muerte e invalidez; daños por humo; responsabilidad civil frente a terceros; daños eléctricos; extinción de incendio; viento, pedrisco, y nieve; explosión; fianzas judiciales; ondas sónicas; caída de rayo; inhabitabilidad de la vivienda; reposición de documentos públicos; robo, expoliación, hurto, atraco; pérdida de alquileres; reposición de documentos personales acreditativos; actos vandálicos; gastos de desescombro; daños estéticos; rotura de lunas, espejos y cristales; bomberos; rotura de loza sanitaria; y, finalmente, sustitución de cerraduras


¿Cuáles son las coberturas por daños materiales?

El seguro multiriesgos cubrirá todos los riesgos básicos como:

1. Incendio, explosión o implosión.
2. Humo producido de forma súbita y accidental y también si viene del exterior.
3. Impacto directo de un rayo o corrientes eléctricas inducidas por el rayo.
4. Fenómenos atmosféricos: viento e impactos de objetos impulsados por el mismo.
5. Lluvia, pedrisco o granizo o nieve, con una lluvia superior a 40 litros por metro cuadrado, viento con velocidades mayores a 90 Km/hora y no hay margen de intensidad para los otros tres fenómenos. Deberá acreditar estos valores acudiendo al Instituto Meteorológico Nacional y solicitar un certificado.
6. Garantiza la reparación o indemnización de los daños producidos a bienes aseguras a raíz de fugas de agua o por omisión o desajuste del cierre de grifos y llaves de paso.
Se incluyen los gastos para localizar y reparar la fuga causante de los daños.
7. Colisión o impacto de vehículos terrestres o aeronaves, incluye las ondas expansivas.
8. Actos vandálicos, realizado con ánimo doloso por terceros, incluye a los daños causados por los inquilinos, las roturas de cristales, luna o espejos y bienes de las terrazas, porche, plaza de aparcamiento, etc.
9. Las coberturas por rotura cubren los daños por rotura de los cristales, lunas , espejos y vidrieras de los bienes asegurados. Incluye los fregaderos y aparatos sanitarios

¿Cuál es la cobertura por robo?

No todos los seguros de hogar contiene esta clausura o bien es optativa, deberá especificarle a su agente de seguro su interés en incorporarla. Generalmente los seguros multiriesgos tienen una cobertura frente a robos de mobiliario, como a los daños provocados por la situación, el robo de joyas y dinero y el robo de elementos de la vivienda. Cuando es un robo perpetrado dentro de la casa, el seguro pagará el 100% , pero si es un hurto algunos seguros solo cubrirán entre el 5 y el 15% del valor de lo sustraído.

Las diferencias entre robo y hurto parte en la forma en que se realiza el acto de la sustracción.

1. En el robo deberá haber uso de fuerza material(rotura de cerraduras, puertas, cristales, etc.),
2. En la expoliación o el atraco cuando hay uso de violencia física, intimidación y/o agresión.
3. En cambio en el hurto la sustracción se hace sin violar el domicilio o procede de tal manera que la victima no se percata de la falta de su cartera, realizando el delito sin intimidación o fuerza.

Estar asegurado por robo o expoliación de joyas u objetos especiales como los aparatos electrónicos (ordenadores, sistemas de audio, homecinema, etc.). Estos son declarados separados por exceder de un valor tope.

En cambio todos los objetos, como bicicletas, tumbonas, mesas de jardín, etc. que se encuentren en terrazas, jardines, trasteros o espacio semicubierto y sean robados no serán reconocidos por el seguro.

En cuanto a su vivienda particular, si usted ha declarado disponer de sistemas de seguridad (alarmas) y en el momento del robo no estuviesen conectadas o se olvido de echar la llave o dejo la puerta abierta y los ladrones entran aprovechando la oportunidad, la compañía de seguro no se hará cargo del siniestro.

Ante esta situación necesitará hacer la denuncia en la policía, para presentarla en el seguro. Tendrá que hacer la lista de lo que le falta y estimar el valor de los mismos.

Importante: La denuncia deberá hacerla dentro de las 72 horas de ocurrido el hecho. Luego aparecerá el perito del seguro para hacer un reconocimiento y evaluar los daños ocasionados.

¿Cuál es la cobertura por daños por agua?

Cuando se decida a contratar una póliza de hogar no olvide verificar que cubre los daños causados por agua.

Los siniestros más comunes causados por agua son: posibles inundaciones por lluvias copiosas o por desperfectos en su vivienda o por humedades provocadas por un vecino. El seguro procederá a la localización de las averías y a la inmediata reparación. Es importante que no tengan limitaciones por que es uno de los daños más comunes dentro de la vivienda y su reparación representa un gasto importante. No todos los seguros multiriesgos tiene una cobertura del 100% en los daños ocasionados por agua. La mayoría establece límite de cobertura en porcentuales o bien establece una suma tope destinados para esos tipos de siniestros.

Generalmente esta cobertura cubre los daños ocasionados por:

1. Garantiza la reparación o indemnización de los daños producidos a bienes asegurados a raíz de fugas de agua o por omisión o desajuste del cierre de grifos y llaves de paso.
Se incluyen los gastos para localizar y reparar la fuga causante de los daños.
2. Lluvia, pedrisco o granizo o nieve, con una lluvia superior a 40 litros por metro cuadrado, vientos con velocidades mayores a 90 Km/hora y no hay margen de intensidad para los otros tres fenómenos. Deberá acreditar estos valores acudiendo al Instituto Meteorológico Nacional y solicitar un certificado.

Es usual encontrar grandes restricciones de coberturas en el tema de daños por agua.

Algunas de las que quedan fuera de la cobertura son: daños, filtraciones o goteras provocados por fenómenos meteorológicos. Las reparaciones o ajustes de grifos, llaves de paso, aparatos sanitarios, calderas, etc. los casos de corrosión de cañerías, localización y arreglo de fugas con origen en piscinas, estanques, pozos, etc., la congelación de tuberías.


¿Cuál es la cobertura por daños por incendio?

En los siniestros por incendios las consecuencias generalmente son muy graves, el seguro deberá cubrirnos por al menos la totalidad de los daños. Normalmente las aseguradoras cubren el 100% de los daños ocasionados en el continente y el contenido. Dentro de esta cobertura está incluida los daños por humos. Atención!!! Algunas pólizas solo cubren un porcentaje del coste de los bomberos.

Generalmente esta cobertura cubre los daños ocasionados por:

1. Incendio, explosión o implosión.
2. Humo producido de forma súbita y accidental y también si viene del exterior.
3. Impacto directo de un rayo o corrientes eléctricas inducidas por el rayo.
4. Fenómenos atmosféricos: viento e impactos de objetos impulsados por el mismo.


¿Cuáles son las cobertura especiales?

Algunos seguros hogar incluyen coberturas de prestaciones especiales: Estos son muy prácticos cuando hay que desalojar la vivienda para realizar las reparaciones, cubre los gastos de hotel o una vivienda similar a la siniestrada en caso de inhabitabilidad de su propia vivienda. También pueden incluir los gastos para la reposición de documentos y los inherentes al desplazamiento de mobiliario.

¿Por qué asegurar por responsabilidad civil?

El seguro multiriesgo cubre los daños de responsabilidad civil frente a todo acontecimiento que comprometa legalmente al asegurado por sucesos dentro de su vivienda o las zonas comunes en las comunidades urbanas. Algunas pólizas incluyen defensa jurídica. Las coberturas son garantizadas los daños corporales o materiales causados a terceros y los perjuicios derivados de los daños.. También la aseguradora tomará la dirección y defensa jurídica frente a las reclamaciones, las fianzas judiciales y los costes.

¿Cuáles son las coberturas complementarias?

Las coberturas complementarias son distintas en cada compañía de seguros.

Algunas incluyen como garantías complementarias: indemnización por atraco en la vía pública, gastos de reparación por desperfectos eléctricos y deterioro de alimentos congelados, roturas de vitrocerámicas o muebles de metacrilato o encimeras y mesas de mármol, sustitución de cerraduras e indemnización por uso fraudulento de tarjetas de créditos o cheques. También puede ofrecer un servicio de asistencia en el hogar, como: servicios urgentes de reparación, asistencia familiar(caída de un niño), reparaciones en la vivienda e información sobre su animal domésticos ( puede ser seguro para mascotas). Y por último nombraremos la asistencia en viaje, que cubre en caso de enfermedad o accidente en el extranjero, servicio de localización y salvamento en caso de extravío, los gastos de acompañante, robo o extravió de equipaje, envío de medicamentos, fondos y mensajes.

¿Qué hechos quedan excluidos?

1. La intencionalidad o provocación del siniestro por parte del asegurado.
2. Frente a conflictos armados, con o sin declaración de guerra. Contaminación radiactiva, reacción o radiación nuclear.
3. Catástrofes naturales: inundaciones extraordinarias, huracanes, tempestades, erupciones, terremotos, etc.

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